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Acceso a la Universidad
En virtud de lo establecido en la Ley Orgánica 2/2006 de Universidades, las personas que estén en posesión del título
de Técnico Superior de Formación Profesional, Técnico Deportivo Superior, Técnico Superior en Artes Plásticas y Diseño y
otros títulos equivalentes pueden acceder a la universidad sin necesidad de realizar una prueba específica.
El Real Decreto 1892/2008 fija en su Anexo II la adscripción de cada familia profesional de estos títulos de procedencia
con una de las ramas de conocimiento en las que se estructuran los estudios universitarios oficiales. Mediante la
adscripción se fijan las preferencias a la hora de adjudicar las plazas de los estudios universitarios ofertados.
El Capítulo IV de este Real Decreto, modificado por el Real Decreto 558/2010, establece las condiciones específicas de
acceso por esta vía.
En el caso de que el número de solicitudes sea superior al de plazas, se fija un procedimiento adicional que establece
una nota de admisión, ya que los estudiantes pueden presentarse a la fase específica de las Pruebas de Acceso a la
Universidad para mejorar su nota. Según señala el Real Decreto, dicha fase específica se ajustará a los siguientes criterios:
•
A)
Cada estudiante podrá realizar un máximo de cuatro ejercicios a su elección. Cada ejercicio estará relacionado
con un tema del temario establecido a este efecto para cada una de las enseñanzas relativas a los títulos de
Técnico Superior, Técnico Superior de Artes Plásticas y Diseño y Técnico Deportivo Superior. El Ministerio de
Educación, previa consulta a las Comunidades Autónomas, definirá y desarrollará los tres temarios y adscribirá
cada tema a las ramas de conocimiento en que se estructuran las enseñanzas universitarias oficiales de Grado
•
B)
Cada ejercicio presentará dos opciones diferentes entre las que el estudiante deberá elegir una.
•
C)
Cada uno de los ejercicios de los que se examine el estudiante en esta fase específica se calificará de 0 a 10
puntos, con dos cifras decimales. Se considerará superado el ejercicio cuando se obtenga una calificación igual
o
superior a 5 puntos.
•
D)
Las universidades públicas utilizarán para la adjudicación de las plazas la nota de admisión que corresponda,
que se calculará con la siguiente fórmula y se expresará con tres cifras decimales, redondeada a la milésima
más próxima y en caso de equidistancia a la superior.
Nota de admisión = NMC + a*M1 + b*M2
NMC = Nota media del ciclo formativo.
M1, M2 = Las calificaciones de un máximo de dos ejercicios superados de la fase específica que proporcionen
mejor nota de admisión.
a, b = parámetros de ponderación de los ejercicios de la fase específica.
Los coeficientes de ponderación pueden ser variables. De forma general se establece el coeficiente 0,1,
pero las universidades pueden elevarlo a 0,2 en los módulos que, como cita el Real Decreto, "consideren más
idóneos para seguir con éxito" las enseñanzas oficiales de Grado".
Finalmente "la nota de admisión incorporará las calificaciones de los ejercicios de la fase específica, en
el caso de que los temas sobre los que versan estén adscritos a la rama de conocimiento del título al que se
pretende acceder, de acuerdo con la adscripción a que se hace referencia" en el apartado a citado
anteriormente.
Se celebrarán dos convocatorias al año y la validez de la calificación de la fase específica tendrá una validez
de dos años.
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